Estados Unidos autoriza las nuevas visas estudiantiles. Te decimos como podrás conseguirla


Si tu sueño es estudiar en alguna universidad de Estados Unidos, puedes cumplirlo, ya que este jueves se autorizaron las visas para estudiantes extranjeros.
Estados Unidos autoriza las nuevas visas estudiantiles. Te decimos como podrás conseguirla

Por Redacción TVP

jueves, 30 de julio de 2020 12:36

Hace más de un mes, el Embajador de Estados Unidos en México, Christopher Landau, había adelantado que estaría muy pendiente sobre el tema de las visas estudiantiles, puesto que en aquel entonces no estaban autorizadas a entregarlas en ninguna parte del mundo

La incertidumbre llegó a su fin el día de hoy, puesto que a través de un tweet, fue que el funcionario estadounidense compartió la noticia que las visas estudiantiles ya fueron autorizadas, la cual, seguramente, le interesará a muchos jóvenes méxicanos que tienen ansias de superarse.


Tipos de visas estudiantiles

La ley de inmigración provee dos tipos de categoría de visas para estudiar en  Estados Unidos: La “F” visa para estudios académicos, y la “M” visa no académica o estudios vocacionales.

Para obtener una visa de estudiante, primero debe solicitar y ser aceptado en una escuela en los E.U. Una vez que es aceptado, la escuela le enviará la forma I-20 o I-20M. Debe de presentar dicha forma para poder solicitar la visa.

Otras restricciones de Trump

Cabe destacar que el pasado lunes 22 de junio, el presidente de Estado Unidos, Donal Trump firmó una proclamación que suspende la entrada a Estados Unidos de ciertos inmigrantes y no inmigrantes que presentan un riesgo para el mercado laboral estadounidense tras el brote de coronavirus.

Con vigencia inmediata, la proclamación extiende la suspensión de entrada para ciertos inmigrantes (Proclamación Presidencial 10014) hasta el 31 de Diciembre de 2020.

Donald Trump firmó una orden para congelar la emisión de nuevos visados de los tipos H-1B, H-2B, H-4, L-1 y J-1 y de tarjetas de residencia, conocidas como “green cards“.

Los ciudadanos estadounidenses, los residentes legales permanentes y los extranjeros que están o estuvieron dentro de los Estados Unidos o aquellos que tienen visas válidas de no inmigrante o inmigrante en la fecha de vigencia no están sujetos a la proclamación.

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