Derechos de las Audiencias

Las Audiencias tienen los siguientes derechos:

  1. Recibir información veraz, plural y oportuna, especialmente en programación noticiosa; así como, a buscar, recibir y difundir información e ideas de toda índole por cualquier medio de expresión;

  2. Que la Publicidad o propaganda no se presente como información periodística o noticiosa;

  3. Que las Concesionarias de Televisión Abierta y Radio, y las Concesionarias de Televisión y/o Audio de Paga, aporten elementos para distinguir entre la Publicidad y el Contenido;

  4. Que las Concesionarias de Televisión Abierta y Radio, y las Concesionarias de Televisión y/o Audio de Paga, faciliten elementos para diferenciar entre la información noticiosa que difundan en sus Contenidos y la opinión de las personas que participan en éstos, especialmente en los programas de carácter noticioso;

  5. Recibir Contenidos que reflejen el pluralismo ideológico, político, social, cultural y lingüístico de la Nación;

  6. Recibir Contenidos que reflejen el pluralismo ideológico, político, social, cultural y lingüístico de la Nación;

  7. Ejercer el derecho de réplica, cuando se emita información inexacta o falsa respecto de una persona, en términos de la Ley Reglamentaria del Artículo 6o., párrafo primero, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia del Derecho de Réplica;

  8. Que se mantenga la misma calidad y niveles de audio y video, tanto a lo largo de la programación, como durante los espacios publicitarios;

  9. En la prestación de los servicios de radiodifusión está prohibida toda Discriminación motivada por origen étnico o nacional, el género, la edad, las discapacidades, la condición social, las condiciones de salud, la religión, las opiniones, las preferencias sexuales, el estado civil o cualquier otra que atente contra la dignidad humana y tenga por objeto anular o menoscabar los derechos y libertades de las personas, tanto en la programación como en la Publicidad;

  10. Que las Concesionarias de Televisión Abierta y Radio, y las Concesionarias de Televisión y/o Audio de Paga, respeten los derechos humanos, el interés superior de la niñez, la Igualdad de Género y la no Discriminación;

  11. Que en los programas se haga uso de cualquiera de las lenguas nacionales;

  12. Que en radiodifusión se utilice el subtitulaje o doblaje al español, en caso de que los programas sean en idioma extranjero;

  13. Que se respeten los horarios de los programas, se avise con oportunidad los cambios a los mismos y se incluyan avisos parentales. Para tal efecto, deberán:

    1. Cuando el cambio sea previsible, informar con al menos 24 (veinticuatro) horas de anticipación, por el mismo canal y otros medios, o

    2. Cuando el cambio no sea previsible, informar en el mismo canal, antes del inicio del programa afectado.

  14. Las Audiencias con Discapacidad gozarán de los siguientes derechos:

    1. Contar con servicios de subtitulaje, doblaje al español y Lengua de Señas Mexicana, tanto de audio de voz como de sonidos e información no verbal que sean relevantes al Contenido audiovisual, para dar Accesibilidad a personas con debilidad auditiva. Estos servicios deberán estar disponibles en al menos uno de los programas noticiosos y uno de los programas infantiles de mayor audiencia a nivel nacional por día;

    2. A representaciones visuales respetuosas e inclusivas que promuevan el reconocimiento de sus capacidades, méritos y habilidades; así como, la necesidad de su atención y respeto;

    3. A contar con mecanismos que les faciliten la presentación de Quejas, y

    4. A que las Concesionarias de Televisión Abierta y Radio, y las Concesionarias de Televisión y/o Audio de Paga habiliten sus guías de programación a través de una línea telefónica, aplicaciones o en sus portales de internet.


DEFENSORÍA DE LA AUDIENCIA

LIC. Eli Manuel Ramírez Villaseñor

DEFENSOR DE LA AUDIENCIA

Eli Manuel Ramírez Villaseñor es licenciado en Derecho y cuenta con experiencia profesional en el sector de las telecomunicaciones, habiendo colaborado con empresas como MAXCOM y Nextel, así como en una firma especializada en la materia. Su trayectoria y perfil profesional respaldan su designación como Defensor de las Audiencias, sin existir conflicto de interés con esta concesionaria de radiodifusión.

[email protected]

Telefono: (+52) 55 5726-9909



LIC. Fabiana Estrada Tena

DEFENSOR DE LA AUDIENCIA

Fabiana Estrada Tena es licenciada en Derecho y cuenta con una amplia trayectoria dentro del Poder Judicial de la Federación. Se ha desempeñado como Magistrada de Circuito y Secretaria de Estudio en la Suprema Corte de Justicia, además de especializarse en materia administrativa. Su experiencia y trayectoria profesional respaldan su designación como Defensora de las Audiencias, sin existir conflicto de interés con esta concesionaria de radiodifusión.

[email protected]

Telefono: (+52) 55 5726-9909


ENVIAR QUEJA

Buzon de Quejas, Observaciones, Preguntas, Sugerencias.


Secciones de noticias